ala misma, una copia en papel de los partes médicos de baja, confirmación y alta médica para que la presente, en un plazo determinado, en la empresa, la cual, a su vez, ha de cumplimentar ciertos datos requeridos en los mismos y remitirlos a la entidad gestora.
Elanexo I –parte médico de baja/alta de incapacidad temporal– y el anexo II –parte médico de confirmación de incapacidad temporal– se modifican. Por su parte, el anexo III –datos económicos aProcesosde duración estimada larga: el primer parte de confirmación se expedirá en un plazo máximo de 14 días naturales desde la fecha de la baja médica. El segundo y sucesivos partes de confirmación se expedirán cada 35 días naturales, como máximo. MUFACE El parte de confirmación de la baja se expedirá, con carácter general, aOrden laboral. Fecha última revisión: 14/09/2023. La emisión del parte médico de baja es el acto que origina la iniciación de las actuaciones conducentes al
Noobstante, la persona trabajadora podrá solicitar que se le realice un reconocimiento médico el día que se haya fijado como fecha de alta, y el facultativo podrá emitir el parte de confirmación de la baja si